Términos legales |
Abogado: Un representante de clientes, funcionario del sistema legal y ciudadano público que tiene responsabilidad especial por la calidad de la justicia. Como representante de clientes, un abogado desempeña varias funciones. Como Consejero, un abogado explica al cliente los derechos y obligaciones legales, así como sus implicaciones. Como defensor, un abogado reafirma celosamente la posición de su cliente bajo las normas del sistema adversario. Como negociador, un abogado procura obtener resultados que beneficien a su cliente pero que cumplan con los requisitos de ser honesto con los demás. Como intermediario entre clientes, un abogado busca reconciliar sus diversos intereses como consejero y, hasta cierto punto, como portavoz de cada cliente. Un abogado actúa como evaluador examinando los asuntos legales del cliente y presentando informes sobre estos al cliente o a otras personas. El Tribunal Supremo autoriza a los abogados en el Estado de Missouri. |
Abogado/Licenciado: Persona con licencia para practicar el derecho. En Missouri, la persona tiene que contar con la autorización del Tribunal Supremo de Missouri.
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Abogado que
consta en actas: El abogado que ha comparecido
como representante de una de las partes en un caso. |
Abuso de adultos: Actos, intentos o
amenazas de daños físicos a un adulto (mayor de 18 años) quien es miembro de
la familia/vive en la casa o es víctima de acecho de otra persona. |
Abuso de
sustancias: El abuso de drogas o alcohol. |
Acción: Una demanda u otro procedimiento judicial cuyo
propósito es obtener asistencia jurídica o protección otorgada por un
tribunal. |
Acción civil, Caso civil: Una demanda que no es penal; relacionado con los derechos privados y las compensaciones que solicita una persona, compañía u otra entidad. |
Acción penal: Procedimiento por el cual una parte a la que se le hacen cargos de un delito es acusada y llevada a juicio. |
Acecho: Cuando una persona adulta acosa o persigue a otra
intencional y repetidamente con el propósito de acosarla. |
Acoso/Hostigamiento: Palabras, conducta o acciones, generalmente repetidas o persistentes que, siendo dirigidas a una persona específica, molesta, alarma o causa gran angustia emocional en esa persona sin ningún propósito. |
Acoso sexual: El acto de hacer insinuaciones o proposiciones indecentes no deseadas a alguien, especialmente para gratificación sexual. |
Acreedor: Una persona o negocio con el cual tiene una deuda otra persona quien es el "deudor". |
Acreedor de la sentencia: Persona que ha obtenido una sentencia contra otra. |
Activos: Propiedades, bienes o cualquier cosa de valor. |
Acto: Expresión de voluntad o desempeño voluntario de una
persona de naturaleza tal que conlleva ciertas consecuencias legales. |
Acuerdo: Promesa verbal o escrita entre dos o más partes
involucradas para hacer algo. |
Administración: El cobro, manejo,
pago y distribución de los activos de un patrimonio. |
Administración independiente: (En asuntos testamentarios) Administración de un patrimonio sin la adjudicación, orden o instrucciones del tribunal. Véase también Procedimiento testamentario/Sucesión. |
Administración
no supervisada: (En asuntos testamentarios) La
administración por un representante personal independiente del patrimonio de
un difunto sin un control ni una orden del tribunal. |
Administrador: (En asuntos testamentarios) Una
persona a quien se le otorga la autoridad para manejar el patrimonio de una
persona fallecida. |
Adulto: Una persona que ha cumplido los 18 años. |
Agresores
(Maltratadores): Personas que usan la fuerza
contra otra para atemorizarla o provocarle daño físico. |
Albacea: (En asuntos testamentarios) Una persona nombrada específicamente en el testamento de otra para hacer cumplir las instrucciones del testamento. Véase también Testamento. |
Alegación/Declaración de culpable o no culpable: Una afirmación o declaración de una parte, la cual intenta probar. |
Alias: Apodo o sobrenombre que una persona ha usado o por el
cual se le conoce. |
Amigo cercano (tutor): Una persona o agencia designada para actuar en representación de un menor en un proceso judicial. |
Año calendario: De enero a diciembre. |
Apelación: Solicitud a un tribunal superior de revisar la decisión de un tribunal de primera instancia para corregir errores o injusticias. |
Apelante: Una persona que presenta una apelación. |
Aplazamiento: La posposición de un caso pendiente en un tribunal para una fecha posterior. |
Apodo: Nombre alterno que usa una persona o usan otros para referirse a esa persona, en lugar de usar el nombre verdadero o completo de la persona; sobrenombre. |
Arresto: Mantener a una persona en custodia física para que comparezca ante el
tribunal. |
Asesor legal: Abogado. |
Audiencia: Un procedimiento en el tribunal o con un oficial de audiencias donde cada una de las partes presenta la evidencia y los argumentos de su versión de los hechos, y se toma una decisión basada en la información presentada y el derecho que se aplica a los hechos. |
Auto de
ejecución: (En casos civiles) Una orden judicial para que un
alguacil u otro oficial haga cumplir una sentencia, generalmente incautando y
vendiendo la propiedad del deudor por sentencia. Una orden para que el
alguacil embargue cualquier propiedad de un deudor en virtud de la sentencia
por la cantidad que cumplirá con la sentencia. Véase también Embargo. |
Beneficiario: Persona a quien se paga o es pagadero un dinero. (En casos de
Manutención) Se usa como sinónimo de padre con custodia o acreedor de una
obligación; designa a la persona a quien debe dirigirse el pago. |
Bienes raíces/Propiedad inmueble: Terrenos y generalmente todo lo que se construye o crece en ellos o está fijo a la tierra. |
Cambio de jurisdicción: El traslado de un caso de un condado a otro para celebrar el juicio. |
Cargo: En una acusación, la declaración del demandante sobre su motivo para proceder; cada uno de los cargos separados de un informe penal. |
Carta poder: (En asuntos testamentarios) Designación oficial de autoridad por el tribunal, en forma de un instrumento escrito, de que una persona tiene la autoridad de actuar por el patrimonio o bienestar de una persona difunta, pupilo o protegido. Véase también Finado y Procedimiento testamentario/Sucesión. |
Caso abierto: Un caso pendiente; un caso para el cual no se ha emitido una sentencia final. |
Causa justa: Un motivo o razón legal o legítima. |
Causa justificada: Motivos suficientes desde el punto de vista legal; razón sustancial y convincente. |
Certificado de entrega: Formulario que muestra que la parte opositora recibió la demanda o respuesta de manera puntual |
Certificado de notificación: Un formulario presentado en la oficina del secretario del tribunal que manifiesta que la parte opositora en una demanda ha recibido copia de los papeles presentados en el caso. |
Cesionario: La persona a quien se cede un derecho. |
Citatorio
(Subpoena): Una orden del tribunal a una persona para que
comparezca en el tribunal a ofrecer testimonio o presentar documentos. |
Citatorio
(Summons): Notificación escrita que informa a una persona de una
demanda en su contra y le dice cuándo y dónde comparecer ante el tribunal. |
Coacción: Cuando una persona es amenazada o forzada de alguna manera a hacer o decir algo en contra de su voluntad. |
Comisionado: Funcionario jurídico de un tribunal con jurisdicción limitada. |
Comparecer: Ir al tribunal como una de las partes involucradas en una demanda o
acción judicial. |
Compensación/Reparación: El recurso otorgado u ordenado por un tribunal para reparar un daño, como devolver una propiedad o el valor monetario de una pérdida. |
Competencia
territorial: El condado, ciudad o área geográfica específica sobre
la cual un tribunal tiene autoridad. |
Condena/Sentencia: Sentencia que impone
un castigo o sanción por un delito. Las sanciones pueden incluir, entre
otras, prisión, multa, imposición de sentencia suspendida, ejecución de
sentencia suspendida, restitución, servicio comunitario o asistencia a un
programa educativo. |
Confiscación/Confinamiento: Una orden judicial
escrita que ordena al alguacil u otro oficial confiscar los bienes de una
persona a cuyo nombre se emite la orden. Algunas veces se emite contra un
demandado civil o un empleador público. |
Conforme a: En cumplimiento de; de acuerdo con, según autorizado por. |
Contrademanda: Una demanda presentada por el demandado en oposición a la demanda presentada por el demandante. |
Convenio/Arreglo: Un acuerdo verbal o
escrito para resolver un problema, especialmente antes de llegar a juicio. |
Copia certificada: Duplicado de un documento original, certificado como una copia exacta, generalmente por el funcionario/secretario responsable de emitir o guardar el original. |
Costos del tribunal: Las cantidades que se cobran a una parte involucrada en un litigio. Dichas cantidades las determina el tribunal individualmente para cada caso y varían dependiendo del curso del litigio. Los costos del tribunal son el total de cuotas, gastos misceláneos y recargos. |
Costos y multas
no cobrados: Los costos y multas del tribunal que se ordenó se
pagaran al tribunal y no se han recibido en el tribunal. |
Costos: La cantidad pagada o cobrada por algo. Véase también Cuotas, Gastos misceláneos y Recargos. |
Cumplimiento (de sentencia): Encargarse de
una deuda u obligación mediante su pago; entrada escrita en el expediente por
una parte a favor de la cual se emitió la sentencia, para declarar que se ha
pagado lo dictado por la sentencia. |
Cuotas/honorarios: Una cantidad que se cobra por los servicios prestados por el tribunal. |
Curador/tutor: Persona nombrada por un tribunal para administrar el patrimonio o los asuntos de alguien quien no es legalmente capaz de hacerlo. |
Custodia: Posesión física o cuidado de alguien o algo. |
Daños compensatorios: La pérdida exacta sufrida por el demandante. |
Declaración: Declaración formal, generalmente por escrito. (En asuntos testamentarios) Documento que rige los derechos legales sobre ciertos tipos de bienes raíces, como una casa. |
Declaración de culpable o no culpable/Alegación: Respuesta formal del demandado a un cargo penal. |
Declaración financiera: Declaración que muestra los detalles de ingresos y gastos durante cierto período de tiempo. |
Declaración jurada por escrito (Affidávit): Declaración escrita o afirmación de los hechos realizada bajo juramento
o ante un funcionario autorizado. |
Declaración
jurada por escrito (Deposition):
Testimonio de un testigo durante interrogatorio, no en audiencia pública,
sino con la intención de tomar el testimonio para redactarlo y autenticarlo
debidamente bajo juramento o ratificación, para ser usado en el juicio de un
proceso en audiencia pública. |
Declarante: Persona que hace y ratifica
(confirma) la verdad de una declaración jurada por escrito. |
Decreto: Sentencia final; el documento escrito; una declaración del tribunal que anuncia las consecuencias legales de los hechos descubiertos. |
Decreto de Disolución de matrimonio: Documento firmado por un juez para terminar un matrimonio. Véase también Disolución del matrimonio. |
Defensor especial nombrado por el tribunal: Una persona nombrada por el tribunal para ayudar a otra, como por ejemplo, un niño, como representante del mismo y de sus intereses en asuntos presentados ante el tribunal. |
Demanda: Reclamación de dinero o bienes, o su valor equivalente; declarar que se tiene derecho a algo. |
Demandado: Persona contra la cual se
inician los procedimientos. |
Demandado/Acusado: La persona contra la cual se entabla una acción legal. También se usa
para designar al acusado en un caso penal. Véase también Demandante y
Peticionario. |
Demandante: Persona que inicia un procedimiento legal contra otra persona. Véase también Demandante y Demandado. |
Denuncia: Declaración de culpable o no culpable/Alegación o acusación original o inicial presentada por el demandante. También puede referirse al documento firmado por el fiscal o el testigo acusador que acusa a una persona de un delito penal o una violación a una norma municipal. |
Dependiente: Una persona que es mantenida por otra. |
Depositario de bienes embargados: Tercero, como un empleador o el banco, que cobra o retiene el dinero para la parte que pierde, y se le ordena entregar el dinero al tribunal en lugar de a la parte que pierde. Véase también Embargo. |
Derecho de expropiación: El poder de tomar propiedad privada para el uso público por parte del estado o el distrito a cambio de una justa compensación. |
Derecho de retención: Una reclamación sobre la propiedad de otra persona. Véase también Gravar/Gravamen y Retención de constructor. |
Descendencia: Sucesión hereditaria; sucesión a la propiedad de un patrimonio mediante
herencia. |
Descendiente: Personas quienes descienden de un ancestro; personas quienes proceden
de otras personas, como hijos, nietos, etc. |
Desistimiento/Denegación: Orden judicial o sentencia que saca un caso del tribunal; un tipo de
resolución. |
Desistimiento/Denegación
con perjuicio: Denegar un caso sin la
posibilidad de presentar otro caso por el mismo asunto. |
Desistimiento/Denegación
sin perjuicio: Denegar el caso actual, pero
cerrando el derecho a volver a presentar una nueva petición sobre el mismo
asunto, dentro de un período de tiempo específico. |
Deuda estatal (En casos de Manutención) La
cantidad de AFDC/TANF pagada reducida a una cantidad específica por una orden
administrativa o judicial. Cuando se reduce a una cantidad específica por una
orden, es equivalente a los pagos atrasados retenidos. Cuando no se reduce a
una cantidad específica por una orden, es equivalente a la ayuda no
reembolsada. (URA) |
Deudor: Alguien que tiene una deuda u obligación con otra persona. |
Deudor de la sentencia: Una persona que debe dinero a otra, según lo ha determinado un tribunal. |
Deudor/Obligado: Persona(s) obligada(s) por una fianza. (En asuntos testamentarios) Una persona que debe manutención. Véase también Padre sin custodia. |
Difunto: Una persona fallecida. |
Dirección de domicilio: La dirección de
residencia de una persona. No puede ser un número de apartado postal. |
Disolución de matrimonio: Disolución legal de un matrimonio por un tribunal (no incluye anulaciones). Mejor conocido como "divorcio". |
Divorcio: Véase Disolución de matrimonio. |
Ejecución: (En asuntos civiles) Una orden judicial para que un alguacil u otro oficial haga cumplir una sentencia, generalmente incautando y vendiendo la propiedad del deudor en virtud de la sentencia. Una orden para que el alguacil embargue cualquier propiedad de un deudor en virtud de la sentencia por la cantidad que cumplirá con la sentencia. Véase también Embargo. (En asuntos penales) Llevar a cabo una sentencia de muerte. |
Ejecución de
sentencia suspendida (SES): Se dicta sentencia
pero no se impone y el demandado se pone en libertad condicional. |
Ejecución general: Una orden por escrito de un tribunal que encarga a un funcionario cumplir con una sentencia por medio de la propiedad de un deudor. Véase también Ejecución. |
Emancipar/Emancipación: Liberar a un menor del control, sustento y responsabilidad de un padre o tutor; puede incluir, pero no se limita a un hijo que se casa o ingresa en el ejército. |
Embargo: Un medio de obtener el cumplimiento de la sentencia mediante la adquisición de una orden judicial para la posesión de bienes, dinero y efectos de un deudor que estén en poder de otra parte, como por ejemplo, un empleador. |
Embargo: Un proceso de confiscación de bienes; persona bajo la autoridad de una
orden judicial. |
En contra del
testamento: (En asuntos testamentarios) El rechazo de un cónyuge
sobreviviente de las estipulaciones de un testamento y la decisión de recibir
la mitad del patrimonio si no existen descendientes directos del difunto, o
una tercera parte si hubiera descendientes. Véase también Testamento. |
Enmienda: Un cambio para hacer
correcciones a una petición que ya está ante la consideración del tribunal. |
Estatutario/Reglamentario Requerido o creado
por un estatuto. |
Estatuto: Una ley. |
Evidencia: Prueba presentada en un juicio, que puede establecerse por testigos, testimonios, registros o documentos. |
Ex Parte/De Una Parte: Una orden emitida por un tribunal ante la solicitud de una de las partes para una acción, sin notificar ni recibir respuesta de la otra parte. Por ejemplo, se puede emitir una Orden de protección 'Ex parte/de una parte' para un menor en una situación de emergencia con el propósito de proteger al niño de abuso o daños. |
Exclusión: El acto de denegar entrada o admisión. |
Expediente cerrado: Caso penal en el cual se retiran los cargos (nolle prosequi), el caso es desestimado, el acusado es declarado no culpable o la imposición de sentencia queda suspendida. Los expedientes cerrados no se destruyen, pero no hay acceso al público general, con excepción del fallo u orden del tribunal o la acción final del fiscal disponibles. |
Expediente/Presentar: Todos los documentos de un caso presentados al tribunal; "presentar" un documento es entregarlo al secretario del tribunal para incluirlo en el expediente del caso, respaldado por el secretario por la fecha en que se presenta el documento. |
Expedientes confidenciales: Expedientes del tribunal especificados por estatuto (Capítulo 610, Estatutos Revisados de Missouri) como “expedientes cerrados", expedientes que no están abiertos a inspección pública. |
Fiador: Una persona o compañía que garantiza o asegura que otra persona
cumplirá con su obligación. |
Fiador o Aval: Un agente que funciona como fiador de una garantía |
Fianza: El dinero o propiedad que presta una persona para ser liberado de
prisión hasta que comparezca en el tribunal. Véase también Garantía. |
Finado: Una persona fallecida. |
Fiscal/Fiscalía: Persona que representa al estado o al gobierno en un proceso penal. |
Garantía: Certificado o prueba de una deuda; dinero que se da para garantizar un
desempeño adecuado. Véase también Fianza. |
Gastos administrativos: Cantidad de dinero que se cobra según las normas del tribunal local en el momento de la presentación inicial de un tipo particular de petición. |
Gastos misceláneos: Una cantidad que cobra por prestar un servicio particular una persona u organización separada del tribunal. Estos gastos se especifican por estatuto. |
Global/Total: El total de todas las partes; la
cantidad entera o completa. |
Gravar/Gravamen: Una obligación que reduce el valor de una propiedad, como una retención o hipoteca. |
Guardián/Custodio: Una persona o institución que está a cargo o tiene la custodia de bienes, documentos y otros objetos de valor; persona que tiene la custodia de otra persona. |
Heredero: (En asuntos testamentarios) Quien hereda los bienes de otro. |
Herencia: (En asuntos testamentarios) Patrimonio o bienes que una persona tiene por descendencia o que se deja a un heredero en caso de muerte intestada de otra persona. Véase también Descendiente, Patrimonio y Heredero. |
Hijo
dependiente: Una persona que no ha cumplido la mayoría de edad ni ha
sido declarada emancipada. Véase también Emancipado/Emancipación. |
Impedimento/Restricción: Prohibir o impedir legalmente que alguien lleve a cabo un acto específico. |
Imposición de
sentencia suspendida (SIS): No se dicta
sentencia y el demandado se puede poner en libertad condicional. |
In Forma Pauperis (Dispensa del pago y Formulario de dispensa del pago): Declaración jurada por escrito que se usa para determinar si alguien cumple con las guías de ingreso para que no se le exija pagar los gastos administrativos). |
Incautar/Embargar: Ejecutar, confiscar; obtener dinero mediante la confiscación y la venta de propiedad; cobrar una suma de dinero por una ejecución. Véase también Ejecución. |
Incidente: Un suceso o evento. |
Incumplimiento: No desempeñar un deber legal, no cumplir una promesa o una obligación. |
Inquilino: Una persona que ocupa una propiedad inmueble que pertenece a otra
persona. |
Instrumento: Un documento legal escrito. |
Interés: Cantidad de dinero que se debe al prestamista a cambio del uso de dinero prestado. |
Interrogatorios: Preguntas por escrito de una de las partes hacia la otra que tienen que responderse por escrito con respuestas bajo juramento. Ver también Requerimiento y producción de pruebas. |
Invalidar: Anular.
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IV-D: (En casos de manutención) IV-D se refiere al Título IV Sección D de la Ley Federal del Seguro Social y se conoce como "Manutención y Establecimiento de Paternidad"; la autoridad y responsabilidad de hacer cumplir la ley de Missouri se delega a la División de Cumplimiento de Manutención (Division of Child Support Enforcement - DCSE) del Departamento de Servicios Sociales (DSS). |
Juez: Funcionario público que oye y toma decisiones sobre casos presentados ante un tribunal de justicia. |
Juez de circuito: Funcionario electo responsable de mantener los registros/expedientes del tribunal de circuito. |
Juicio: Los procedimientos en un tribunal donde se oyen las disputas entre las partes y se toma una decisión sobre los asuntos en cuestión. |
Jurisdicción: Área geográfica dentro de la cual un tribunal tiene el derecho y el poder de actuar; personas o asuntos sobre los cuales un tribunal tiene el derecho y el poder de tomar decisiones. |
Jurisdicción
original: Jurisdicción que toma control de una causa en su
inicio, la juzga y emite sentencia basándose en el derecho y los hechos. |
Ley contra el abuso de adultos: Sección 455.010(1) Estatutos Revisados de Missouri, describe los actos, intentos o amenazas de los cuales los adultos abusados mayores de dieciocho (18) años, o emancipados de otra manera, pueden buscar protección. De acuerdo con esta ley, el adulto abusado puede presentar una petición en un tribunal de circuito para solicitar una orden de protección. |
Ley de órdenes de protección para el niño: Sección 455.500 Estatutos Revisados de Missouri, establece la Ley de Órdenes de protección para el niño para proteger a los niños quienes han sido víctimas de abuso infantil o acecho. Según esta Ley, un progenitor, tutor, tutor ad litem o defensor especial nombrado por el tribunal o por un funcionario de menores pueden presentar peticiones de órdenes de protección completas y ex parte/de una parte en representación de los niños abusados. |
Litigante: Una de las partes en una demanda. |
Litigio: El proceso de llevar a cabo una demanda; acción civil en la cual una controversia se presenta ante el tribunal. |
Mandato/Auto/Orden: Una orden judicial escrita que requiere una acción específica de la
persona o entidad a quien se dirige la orden. |
Manutención: Una orden de un tribunal o una orden administrativa del Departamento de Servicios Sociales que exige a un padre sin custodia pagar al padre con custodia una cantidad de dinero específica para sus hijos. |
Mayor de edad: Mayoría de edad; edad en la cual, de acuerdo con la ley, una persona tiene el derecho de manejar sus propios asuntos y disfrutar de los derechos civiles. |
Mediación: Método para resolver problemas sin tener que ir al tribunal. |
Mediador: Una persona que ayuda a resolver disputas entre dos o más partes. |
Menor: Una persona que no ha cumplido la mayoría de edad. |
Moción: Una petición para que un juez emita un fallo o tome alguna otra acción; una solicitud de una resolución u orden a un tribunal o juez a favor de la parte que presenta la moción; generalmente se refiere a una acción pendiente o puede dirigirse a un asunto ante la discreción del tribunal o relacionado con un argumento de derecho; puede ser verbal o escrita. |
Modificación: Un cambio o arreglo. |
Moroso: Vencido y no pagado; dejar de cumplir con una obligación intencional y
deliberadamente. |
Multa: Sanción monetaria impuesta a una persona encontrada culpable de una infracción. |
Naturaleza de la acción: Descripción del tipo de caso civil que se presenta; ej., contrato, disolución, reclamaciones menores. |
Normas del tribunal: Una serie de procedimientos adoptados por los tribunales y que tienen que seguir las partes y sus abogados. La mayoría de los estados tienen normas estatales para los tribunales, pero los tribunales pueden tener también normas locales. |
Normas de operación de los tribunales: Normas promulgadas por el Tribunal Supremo de Missouri que se encargan de asuntos como el mantenimiento registros/expedientes, informes, procesamiento de datos, preparación de transcripciones, normas de los tribunales locales, personal y retención/destrucción de expedientes. |
Notario Público: Funcionario público cuya función es tomar juramentos, atestiguar y dar fe con su firma y sello oficial. |
Notificación: Conocimiento de ciertos hechos; recibir formalmente aviso de ciertos hechos; información que se requiere que una parte en un caso le proporcione a otra parte en el caso; generalmente se hace por correo, anuncio o a través de una publicación, como un periódico. (Ej. Notificación de Audiencia) |
Notificación de Audiencia: Aviso oficial que informa a las partes cuándo está programada una audiencia. |
Notificador de proceso especial: Una persona
mayor de 18 años, nombrada por el tribunal para entregar documentos oficiales
del tribunal. |
Nuevo juicio: Un nuevo juicio ante otro juez. |
Número de ciclo del delito (OCN): Número de rastreo impreso en una tarjeta de identificación estatal y sus duplicados, que se usa para dar seguimiento al arresto, la presentación de cargos y la resolución de los cargos en un caso penal. |
Número de
colegiado/barra: Un número de identificación
asignado a un abogado por el colegio/barra de abogados del estado. |
Obligado: (En asuntos testamentarios) Una persona, estado o subdivisión política a quien se debe una obligación de sustento. Véase también Padre con custodia. |
Oficial de menores: Empleado de un tribunal de menores que trabaja con el juez para dirigir y desarrollar el trabajo del tribunal relacionado con la asistencia y bienestar de los menores. |
Orden: Decisión escrita de un juez o comisionado del tribunal. |
Orden de
protección: Una orden del tribunal para proteger a la parte
afectada o damnificada mediante la prohibición o restricción de otra parte de
participar en actos, intentos o amenazas a una familia, miembro de una
familia o un niño, o de actos de acecho. |
Orden de protección Ex Parte/De Una Parte: Una orden de protección del tribunal que entra en vigor de inmediato hasta que pueda celebrarse una audiencia para una orden de protección completa. |
Orden de protección externa: Una orden de protección emitida por otro estado, territorio o posesión de los Estados Unidos, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o el Distrito de Columbia tendrá plena fe y crédito en el estado de Missouri. Véase también Plena fe y crédito. |
Orden de restricción: Orden que se emite
por solicitud de una parte para prohibir a la otra parte alguna acción. Orden
de restricción temporal - Orden de restricción mientras está pendiente el
caso. Orden de restricción permanente - Orden de restricción emitida en la
sentencia final. |
Orden de restricción temporal: Vea Orden de restricción. |
Órdenes
temporales: Órdenes que emite el juez para que duren un tiempo
limitado; como órdenes de manutención u órdenes de restricción. |
Padre con custodia: Progenitor quien es el cuidador principal de un niño; persona a quien le corresponde recibir manutención para el niño. Véase también Manutención y Obligado. |
Padre sin custodia: Progenitor quien no es el cuidador principal de un niño; persona que paga una manutención para un niño. Véase también Manutención y Obligado. |
Padres naturales: El padre biológico o la madre biológica de alguien. |
Pagador: El que paga. (En casos de Manutención) Se usa como sinónimo de padre
sin custodia u Deudor/Obligado a pagar; designa a la persona quien debe
pagar. |
Pagos atrasados: Dinero que se debe y no se ha pagado; generalmente manutención. Véase
también Pagos atrasados asignados. |
Pagos atrasados
asignados: Porción del pago atrasado acumulado hasta la última
asignación final de la Ayuda Temporal Para Familias Necesitadas (TANF) |
Pagos atrasados
no asignados: (En casos de Manutención) La
porción de los pagos atrasados que se ha acumulado desde que terminó la
última asignación de TANF. |
Pagos atrasados retenidos: (En casos de Manutención) La porción de los pasos atrasados asignados que puede retener el estado. Véase también Pagos atrasados asignados. |
Pagos
voluntarios de sustento: (En casos de
Manutención) El padre ha aceptado hacer pagos sin que se haya presentado una
demanda por falta de pago. |
Parte/Partes: La persona o las personas involucradas en un procedimiento legal; en un
procedimiento judicial, una persona directamente interesada en el asunto que
trata el caso; persona que presenta una reclamación, hace una defensa,
controla los procedimientos, interroga a los testigos o apela un fallo. |
Parte perjudicada/agraviada: Aquel que ha
sido herido o ha sufrido pérdidas o cuyos derechos legales han sido
amenazados o perjudicados. |
Patrimonio: Todo lo que posee una persona o entidad, incluyendo tanto bienes raíces o inmuebles como bienes personales. (En asuntos testamentarios) La propiedad que una persona deja al morir; conjunto de activos y pasivos de una persona fallecida. |
Pensión para el cónyuge: Sustento financiero del cónyuge, ya sea hombre o mujer, durante y después de los procedimientos de disolución del matrimonio. |
Pensión para el cónyuge: Término usado en los
procedimientos de divorcio que significa el sustento de la esposa. En
Missouri, la disolución del matrimonio ha reemplazado al divorcio. El término
manutención se usa ahora para referirse al sustento del cónyuge, ya sea hombre
o mujer. Véase también Manutención. |
Pérdida/Caducidad de la fianza: Proceso por el cual una persona pierde el derecho a una fianza previamente depositada. |
Perjurio: El acto o un caso de una persona que presta declaraciones falsas o
engañosas deliberadamente estando bajo juramento. |
Persona interesada: (En asuntos testamentarios) Herederos, legatarios, cónyuges, acreedores o cualquier otra persona que tenga derecho de propiedad o reclamaciones contra el patrimonio de un finado que se esté administrando, e incluyendo hijos de un protegido quienes puedan tener derecho de propiedad o reclamación o un interés en el patrimonio de un protegido. Véase también Protegido. |
Petición: Solicitud formal por escrito de una acción específica ante el tribunal.
Además, en un caso civil, declaraciones escritas que establecen las
reclamaciones contra el demandado. |
Peticionario o Demandante: En un caso civil, la persona que presenta una reclamación contra otra persona. En casos de divorcio, esta es la persona quien solicita o inicia el divorcio. Véase también Demandante y Demandado. |
Plan de crianza: Un plan que expone cuál de los padres será responsable de los hijos y de la toma de decisiones y cómo se resolverán las disputas entre los padres.
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Plena fe y crédito: El cumplimiento en un estado de las leyes o decisiones judiciales de otro; tratarlas como si se hubiesen originado en un tribunal del estado de Missouri.Constitución de los EE.UU. Art. IV, Sec. 1: Cláusula que exige a los estados llevar a cabo las resoluciones legislativas, registros públicos y decisiones judiciales de otros estados. |
Presentación de
apertura: Resumen del caso y de la evidencia que se presentará.
Este resumen lo presenta cada parte de un caso al inicio de una audiencia. |
Presentación de documentos: El proceso o acción de proporcionar copias de documentos u otros materiales escritos a petición de otra de las partes en un caso. Ver también Requerimiento y producción de pruebas. |
Principal: La cantidad de una deuda, inversión u otro fondo, sin incluir los intereses, rendimiento y beneficios. |
Pro Se (Por sí mismo): Actuar en representación propia; comparecer por uno mismo; representarse a sí mismo; representarse a uno mismo en un proceso judicial sin un abogado. |
Procedimiento: Un caso o asunto en el tribunal; la forma y manera de llevar a cabo los asuntos judiciales ante un tribunal o de un oficial de audiencias. |
Procedimiento testamentario/Sucesión: Proceso legal de registrar un testamento en el tribunal. |
Procesar: Procedimiento entablado y continuado a través del debido proceso de ley con el propósito de determinar la inocencia o culpabilidad de una persona acusada de un delito. |
Proceso de notificación: Los métodos legales
para entregar documentos a una parte en oposición en una demanda y probar al
tribunal (presentando un Certificado de notificación) que los papeles se
recibieron. La entrega de un documento oficial del tribunal la hace un
funcionario autorizado, como un alguacil. Véase también Proceso. |
Proceso/Procedimiento: El documento del tribunal en la entrega de la notificación. Véase también Proceso de notificación. |
Propiedad exenta: (En asuntos testamentarios) Bienes personales que un cónyuge sobreviviente automáticamente tiene derecho a recibir del patrimonio de una persona fallecida. |
Protegido: (En asuntos testamentarios) Una persona para cuyo patrimonio se ha nombrado un curador/tutor, o con respecto a cuyo patrimonio el tribunal ha autorizado una transacción sin nombrar a un curador/tutor o un curador/tutor con autoridad limitada. |
Pruebas: Un documento, registro u otro objeto presentado formalmente como evidencia en el tribunal. |
Recargos: Cargos adicionales permitidos por ley para propósitos específicos.
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Rechazo de cartas: (En asuntos testamentarios) Un proceso que se usa para transferir la propiedad inmueble y los bienes personales de una persona fallecida a un cónyuge sobreviviente, hijos menores no casados o acreedores. |
Reclamación/Reclamo menor: La adjudicación de
un caso cuando la cantidad de la reclamación no excede $3000.00. Los
procedimientos se realizan informalmente ante un juez sin un jurado, y las
partes pueden representarse a sí mismas sin abogado y no se aplican las
normas de evidencia formales. |
Reclamaciones: Documentos que se presentan en un caso; declaración de los hechos, presentados de una forma lógica y legal, que constituye la causa de acción de un demandante o las bases para la defensa del demandado. |
Registro/Registrar: Poner por escrito, imprimir, etc.; preparar una nota oficial; relación escrita del acto, procedimiento judicial, transacción o instrumento redactado en autoridad de ley por un funcionario apropiado, y designado para permanecer como parte permanente del asunto con el cual se relaciona. |
Renuncia: Desistimiento intencional o voluntario de un derecho conocido, o
conducta tal que lleva a concluir que se ha renunciado a dicho derecho. |
Renunciar: Abandonar o desistir formalmente
de un derecho o interés, como por ejemplo, renunciar a una herencia. |
Representación de alcance limitado: Cuando un abogado ayuda solo con ciertas partes de un caso, como ayudar a un cliente a redactar una petición o revisar un documento legal preparado por el cliente, generalmente en casos de derecho familiar. Algunas veces se conoce como "servicios legales separados". |
Requerimiento y producción de pruebas: Divulgar lo que no se sabía antes; recursos previos al juicio que puede usar una de las partes para obtener información y datos sobre el caso de la otra parte para ayudar a preparar a la parte para el juicio; incluye declaraciones juradas, interrogatorios, presentación de documentos u objetos, permiso para entrar en algún terreno u otra propiedad, exámenes físicos y mentales y solicitudes de admisión. Véase también Declaración jurada por escrito, Interrogatorios y Presentación de documentos. |
Resolución de disputas alternativas: Métodos tales como el arbitraje y la mediación, que son usados para
resolver una disputa para evitar un litigio/una demanda. |
Resolución: El resultado del caso; resuelto: no hay necesidad de otros procesos en el caso; la decisión del tribunal sobre qué se debe hacer sobre una disputa que se ha traído ante su atención. |
Responder: Respuesta a las reclamaciones. |
Respuesta: Respuesta por escrito del
demandado a las reclamaciones en la demanda presentada por el demandante o
peticionario. |
Respuesta a los
interrogatorios: Una respuesta que da una de las
partes a las preguntas escritas notificadas por otra de las partes. |
Restitución: Devolver al dueño correcto
bienes o el valor monetario de una pérdida. |
Restitución: Devolver una propiedad o el
valor monetario de una pérdida al dueño correcto. Volver a poner a alguien en
el puesto que ocupaba antes de una pérdida o lesión. |
Retención de constructor: Una reclamación que puede presentar una persona por mano de obra y materiales suministrados para la construcción o reparación de un edificio cuyo monto todavía se adeuda. |
Retención por sentencia: Una retención en la propiedad inmueble de un deudor de la sentencia; hay que cumplir con la sentencia antes de que el deudor pueda vender la propiedad. |
RSMo: Abreviatura en inglés de Estatutos Revisados de
Missouri. |
Secretario: Funcionario del tribunal responsable de cuidar los expedientes del tribunal. Puede ser el Secretario del Circuito, Secretario Auxiliar o Secretario Asociado Principal. Véase también Secretario del Circuito y Secretario Auxiliar. |
Secretario
auxiliar: Una persona debidamente autorizada por un funcionario
del tribunal para ejercer algunas o todas las funciones de la oficina en
lugar del funcionario del tribunal; responsable de cuidar los
registros/expedientes del tribunal. |
Secretario del circuito: Funcionario electo responsable de mantener los registros/expedientes del tribunal de circuito. |
Secretario del tribunal: La persona cuyo deber es establecer y mantener los registros (dockets) y expedientes para el tribunal, ayudar a preparar los informes del tribunal y llevar a cabo las labores del tribunal en representación de los jueces y magistrados, así como ayudar al público. |
Sentencia o Fallo: La decisión oficial del tribunal. Las sentencias se pueden apelar. |
Sentencia de disolución: Sentencia que pone fin a un acuerdo o contrato. Con frecuencia se refiere a la terminación de un matrimonio. Véase también Decreto de Disolución del matrimonio. |
Sentencia externa: Una sentencia, orden o decreto emitido por los tribunales de otro estado, la transcripción del cual se presenta en un tribunal de este estado con el mismo efecto y cumplimiento o ejecución como si la sentencia se hubiese emitido en este estado. |
Sentencia por incumplimiento: Sentencia dictada contra una parte por el incumplimiento de esa parte. Sentencia a favor del demandante porque el demandado no se presentó al juicio. |
Separación legal: Un acuerdo legal por escrito mediante el cual marido y mujer viven separados aunque permanecen casados, ya sea por consentimiento mutuo o por decreto judicial. |
Servicios
legales sin ataduras: Un acuerdo entre una
de las partes y un abogado para que el abogado proporcione representación
limitada; esto es, revisar documentos preparados por una parte que se
representa a sí misma en el tribunal. |
Sin oposición: Una demanda en la que la parte contra la cual se presentó no la
disputa. |
Solicitar: El acto de presentar una solicitud. |
Solicitud de
cartas: (En asuntos testamentarios) Solicitud por escrito
para emisión de cartas en un caso de testamentos, como Cartas testamentarias,
Cartas de administración, etc. Véase también Cartas y Procedimiento
testamentario/Sucesión. |
Subdivisión política: Una división de un estado que existe principalmente para descargar algunas funciones del gobierno local. |
Subsecuente: Que ocurre después; que ocurre después de otra cosa. |
Suprimir: Destruir físicamente los registros/expedientes por una orden del tribunal. |
Suspender/Aplazar: Detener o demorar;
dejar en suspensión. Véase también Suspensión. |
Suspensión: Aplazamiento o interrupción en
el testamento de un título de propiedad. |
Suspensión de ejecución: Detener la ejecución
de una sentencia por un tiempo limitado. |
Sustento conyugal: Sustento ordenado
por el tribunal de un ex esposo o ex esposa (o un cónyuge mientras el
divorcio está pendiente) ordenado por el tribunal. Comúnmente se conoce como
Manutención o Pensión para el cónyuge. Véase también Pensión para el
cónyuge o Manutención. |
Terminar: Finalizar. |
Testamento: (En asuntos testamentarios) Un instrumento por el cual una persona
dispone de sus bienes y que entra en vigor después de su muerte. |
Testigo(s): Alguien que puede contar de primera mano algo que ha visto, oído o
vivido. |
Testimonio: Declaración formal bajo juramento. |
Tribunal: Organismo gubernamental al que se delega la administración de la justicia. |
Tribunal de
Apelaciones: Los tribunales que tienen jurisdicción para oír las
apelaciones de los tribunales inferiores/de primera instancia. Los casos de
los Tribunales de Circuito se pueden apelar ante el Tribunal de Apelaciones,
con excepción de los casos que estén dentro de la jurisdicción exclusiva del
Tribunal Supremo. |
Tribunal de apelaciones: Un tribunal intermedio, entre los tribunales inferiores/de primera instancia y el Tribunal Supremo, ante el cual una de las partes puede impugnar el resultado de un caso en un tribunal de primera instancia. El Tribunal de apelaciones se divide en tres distritos geográficos. La mayoría de las impugnaciones tienen que pasar por el Tribunal de apelaciones antes de poder llegar al Tribunal Supremo. |
Tribunal de circuito: Un tribunal donde ocurre un juicio. Dentro de un tribunal de circuito hay varias divisiones, como circuito asociado, reclamaciones menores, municipal, familiar, testamentaria, penal y juvenil. Missouri está dividido en 46 circuitos judiciales. |
Tribunal de
Circuito Asociado: Una división de un tribunal
estatal de Missouri, el cual puede oír casos con cantidades de hasta
$25,000.00. Esto incluye casos de reclamaciones pequeñas. |
Tribunal de registro/expediente: Un tribunal cuyas actas y procedimiento se registran y conservan. |
Tribunal familiar: Un tribunal que tiene autoridad para oír casos que incluyan disolución de matrimonio, custodia de niños, visitas, manutención, paternidad y violencia doméstica. |
Tribunal Supremo de Missouri: El tribunal de más alto rango en Missouri donde siete magistrados del Tribunal Supremo oyen las apelaciones de las decisiones tomadas en los tribunales inferiores/de primera instancia e interpretan las leyes y las constituciones de Missouri y de los Estados Unidos. |
Tribunal testamentario: Una división del Tribunal de Circuito que se encarga de los asuntos relacionados con testamentos, administración de patrimonio, tutelas, curadores/tutores, procedimientos de salud mental, actos violentos de depredadores sexuales y herencias. |
Tutor o Tutela: Persona nombrada por el tribunal quien tiene la autoridad legal y el deber de cuidar a otra persona, como por ejemplo, un menor o una persona discapacitada. Un "tutor con autoridad limitada" es uno cuyos poderes o deberes están limitados. |
Tutor Ad Litem: Tutor especial nombrado por el tribunal, generalmente un abogado, para actuar en representación del menor o de la persona incompetente. El tutor ad litem se considera un funcionario del tribunal y representa los intereses del menor o la persona incompetente para asuntos legales y jurídicos. |
Tutor natural: Uno de los padres de un menor. |
Tutor nombrado por el tribunal: Una persona nombrada por el tribunal quien tiene la autoridad legal y el deber de cuidar a una persona o de sus bienes. |
Víctima: Una persona perjudicada por un delito o acción. |
Vivienda: La casa u otra estructura donde vive una persona; residencia. |